Algunas medidas de sanción por la falsificación de las tarjetas de vacunación o pruebas PCR para COVID-19 desde los tres a 10 años de cárcel, de acuerdo a lo establecido en el Código Penal Dominicano.
De igual manera el artículo 147 del Código Penal establece que “se castigará con la pena de tres a diez años de reclusión mayor, a cualquiera otra persona que cometa falsedad en escritura auténtica o pública”
En tanto el Ministerio emitió este viernes la resolución MSP 000048, que contiene las medidas dispuestas, ante el levantamiento del estado de emergencia, para evitar la propagación del coronavirus.
En ese sentido, a partir del próximo 18 de octubre las personas deberán presentar su constancia de vacunación para entrar a bares, restaurantes, supermercados, tiendas, gimnasios, centros deportivos y de diversión, centros laborales y de estudios. La medida también incluye el transporte público, urbano e interurbano.
En caso de que los establecimientos violen estas disposiciones, la resolución de Salud Pública indica que podrán dar lugar a la clausura temporal del lugar, de conformidad con el artículo 149 de la Ley 42-01, General de Salud.
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