Pero ¿quién pagará el Itbis: la empresa o el consumidor? Montás explica que el cobro del impuesto lo pagará el proveedor o el usuario, dependiendo de cómo la DGII calcule la proporción de lo que va a gravar.
Indica que lo que se plantea gravar es el uso de las plataformas digitales para proveer el servicio; en ese caso el impuesto debería aplicarse a las empresas extranjeras, como indica el borrador del proyecto de “Reglamento de aplicación del Itbis a los servicios digitales de proveedores extranjeros” como Netflix, Google, Uber, Airbnb y Facebook, entre otras aplicaciones.
Pero, si la proporción se calcula con base en la totalidad del servicio brindado, entonces ese Itbis lo estará pagando el consumidor o el usuario que utilice los servicios porque “todos los impuestos al consumo, sin excepción, se adicionan a la factura para que lo pague el consumidor”, observa Montás.
La exfuncionaria aclara que, si el Gobierno aprueba un reglamento para gravar la totalidad de las operaciones, entonces será una carga más para los usuarios de servicios por plataformas digitales que pagan por el servicio y también por el internet que consumen para usarlos.
Este medio consultó a la empresa tecnológica de servicios de transporte DiDi, quien informó que ha mantenido un diálogo “abierto y franco” con las autoridades durante los últimos meses.
“Mantuvimos una serie de sesiones de trabajo e hicimos observaciones al texto que ha sido sometido a consulta pública por parte de la DGII. Somos respetuosos del ordenamiento jurídico, por lo que estamos a la espera de la publicación del texto definitivo para la aplicación del Itbis sobre la comisión de uso de las plataformas tecnológicas de acuerdo con las mejores prácticas internacionales”, especificó la empresa intermediaria de transporte, originaria de China.
Trabajada Por: Juana Mercedes
Fuente: Diario Libre
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