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El poder Ejecutivo autoriza: Importar armas de fuego uso civil y sus respectivas municiones



El presidente Luis Abinader emitió el decreto 30-23 el cual permite la importación de armas de fuego de uso civil y sus respectivas municiones y partes por un periodo de seis meses.

La importación de armas es para el uso exclusivo de las empresas de seguridad privada debidamente registradas, según la presente disposición gubernamental.

El decreto 30-23, firmado el 7 de febrero, deroga el 309-06, que desde hace 17 años prohibía la entrada legal de armas de fuego al país.

«Las gestiones para la tramitación de las licencias de importación de armas de fuego deberán ser realizadas por las empresas correspondientes de conformidad con el procedimiento y los requisitos establecidos en el artículo 33 de la Ley núm. 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados», se establece en la ordenanza.

El mandatario instruyó al Ministerio de Interior y Policía a establecer en una resolución, la cantidad de armas de fuego que las empresas podrán importar.

El artículo 4 dispone que al vencimiento del plazo de seis (6) meses quedará prohibida la importación de armas de fuego, partes y sus respectivas municiones para el comercio con particulares, hasta que el Poder Ejecutivo disponga lo contrario de conformidad con la ley.

La prohibición de importación de armas de fuego que se mantuvo en vigencia por 17 años dio lugar a la proliferación de armamentos de distintos calibres de manera ilegal en el país, procedente, sobre todo, de Estados Unidos y Haití, según dijo el ministro de Interior y Policía, Jesús Vásquez Martínez, en julio del 2022.

En el país hay alrededor de 500 empresas reguladas, pero operan otras 900 que no están formalizadas, de acuerdo con el superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, general Francisco Miguel Corominas Sánchez.

El referido decreto entra en vigencia este martes y culminará en el mes de agosto.


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