La decisión del Consejo precede a procesos disciplinarios iniciados por la Inspectoría General del Consejo del Poder Judicial.
se refiere al magistrado Juan Francisco Rodríguez Consoró, juez del Noveno Juzgado de la Instrucción adscrito a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional y quien, en meses pasados, ocupó la atención pública tras su fallo de no ha lugar en el expediente por supuesta corrupción en la venta de las tierras del sector Los Tres Brazos.
La Inspectoría General le atribuyó al magistrado faltas disciplinarias consistentes en “aceptar o recibir, directa o por intermedio de otras personas, comisiones en dinero o en especie, gratificaciones, dádivas, obsequios o recompensas como pago de servicios inherentes al cargo que desempeña”.
También le acusan de realizar diligencias para favorecer a su cuñado en el proceso de allanamiento realizado por el caso del César Emilio Peralta “César El Abusador”, procesado por narcotráfico, y vinculado al atentado contra el pelotero de grandes ligas, David Ortiz.
En su argumento frente al CPJ, la inspectoría describe que Rodríguez Consoró recibió una suma de dinero por parte del imputado Sidney Rafael Matías Pérez, alias “El Fuerte”, para otorgarle la libertad en una solicitud de medida de coerción en su contra.
Cuestiona que el juez haya dictado la libertad del imputado, pese a que Matías Pérez estaba en libertad condicional por una condena previa de ocho años por narcotráfico, y hacía apenas tres meses de haber salido de prisión en esas condiciones.
Para demostrar la falta, refiere, entre otras cosas, una llamada del referido imputado con otra persona en la que se coordina la entrega de unos 20,000 dólares al “hombre del martillo”, que la Inspectoría sostiene que se trata del magistrado.
También aporta los documentos relativos a la compra de un vehículo de parte del juez, que en su momento justificó con un préstamo personal, así como los viajes realizados por éste a la ciudad de Santiago, donde se supone le entregarían el dinero.
Recibió pagos
La Inspectoría también le atribuyó a Rodríguez Consoró el haber recibido dinero directamente de su secretaria y de los abogados que litigan en su tribunal.
“En entrevista realizada por Inspectoría al disciplinado, éste indicó que solo había recibido de A.R.S. un préstamo. Sin embargo, en los informes enviados por la Superintendencia de Bancos se pueden apreciar seis depósitos que alcanzan altas sumas de dinero”, dice el órgano disciplinario. En total serían unos 300,000 pesos el dinero que el magistrado recibió a través de transferencia de su secretaria en un periodo de un año, según se cita en la decisión del Consejo.
“Si el depósito de estas sumas de dinero se tratara de un préstamo se estaría violando lo dispuesto en el artículo 44, numeral 7 de la Ley 327-98. Esto así porque serían préstamos con una empleada subalterna y que además no estaban reportados al Poder Judicial, tal como lo dispone la ley”.
También alega la Inspectoría que un allegado del magistrado, a quien define, junto a la secretaria, como su mano derecha, manejó montos millonarios a través de sus cuentas bancarias. Solo en 2020 habría recibido más de cuatro millones de pesos. Ambos empleados habrían dejado sus puestos de trabajo, luego de que se les entrevistó para la investigación disciplinaria contra Rodríguez Consoró.
Señala, además, que el allegado era hijo de un abogado que había llevado casos en el Noveno juzgado y en las audiencias siempre lograba fianza o presentación periódica para sus representados.
Gestiones extrajudiciales
La Inspectoría General le atribuye falta disciplinaria muy grave al magistrado destituido por supuestamente realizar gestiones extrajudiciales (llamar a un fiscal que realizaba un allanamiento) por ante la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, para favorecer a su cuñado, hermano de su esposa, vinculado a una investigación de lavado de activos en el caso del nombrado César el Abusador.
Rodríguez Consoró alegó que imputarle falta por interceder por un familiar es desconocer el sentido de solidaridad para con la familia. “La ley no prohíbe defenderse a sí mismo o defender a los suyos, incluso existe excepción legal al respecto”.
Pero el Consejo consideró que la llamada a un procurador fiscal al momento de un allanamiento y la reunión con posterioridad para justificar un inmueble objeto de allanamiento no son acciones compatibles con las funciones de un juez.
Aunque la Inspectoría también investigó al magistrado por supuestamente ir a los Estados Unidos a recibir dinero de uno de los acusados en el caso Los Tres Brazos, el Consejo no encontró pruebas de dicha imputación.
El Consejo del Poder Judicial también destituyó a Robert Disla de León, juez de paz de Oviedo, en funciones de juez de la Instrucción de Pedernales, a quien la Inspectoría del Poder Judicial le atribuye haber incurrido en faltas graves al dejar de asistir al tribunal designado por más de 40 días, “incumpliendo sus responsabilidades de supervisar las labores de los servidores judiciales y el servicio que ofrecen a los usuarios del sistema de justicia” También le endilga la mala práctica de fijar el conocimiento de las vistas de medidas de coerción los días martes y miércoles, lo que perjudica a los ciudadanos detenidos los fines de semana que deben esperar varios días para que se les conozca su proceso.
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