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Presidente Luis Abinader convierte la OMSA en empresa pública


El presidente Luis Abinader estableció este miércoles las pautas para convertir la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) en empresa pública.

Mediante el decreto  167-23, dictado el día de ayer, 25 de abril de 2023, y dado a conocer este miércoles, el presidente Abinader estableció los criterios para la transformación de la  OMSA en empresa pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 356 de la Ley  63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana. A continuación, pasaría a denominarse Operadora Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA).

Hasta la emisión de este decreto los empresarios transportistas tenían participación  de los beneficios de la OMSA.

El decreto dispone que la empresa sea constituida de conformidad con la Ley  479-08 General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales, momento a partir del cual tendrá personería jurídica, patrimonio propio y capacidad para contraer obligaciones comerciales y contractuales, según su propio mecanismo de dirección y control. Quedará adscrita al Ministerio de la Presidencia.

La propiedad de la empresa será estrictamente estatal y sus accionistas serán el Estado dominicano, representado por el ministro de Hacienda, con el 99.9% del capital social, y el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper), o su continuador jurídico, con el 0.1% del capital social.

Su órgano de gobierno superior será el Consejo de Administración, integrado por cinco miembros, de los cuales tendrán voz y voto los ministros de la Presidencia, de Hacienda y de Obras Públicas y Comunicaciones.

En una nota difundida esta mañana por la Presidencia explican que desde el 2017 está ordenada su constitución como empresa pública por mandato de la Ley  63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

También integrarán el Consejo de Administración el vicepresidente ejecutivo de la OMSA, quien fungirá como administrador general, y el secretario de la OMSA. Ambos serán designados mediante decreto del presidente de la República.

Entre las principales funciones de la OMSA estarán las siguientes: planificar, coordinar, administrar, operar y mantener el servicio de autobuses en los corredores bajo su responsabilidad; establecer tarifas equitativas y accesibles para los usuarios, en coordinación con las autoridades competentes; implementar y promover el uso de tecnologías limpias y sostenibles en su sistema de servicio de autobuses; garantizar la accesibilidad y movilidad de personas con discapacidad y grupos vulnerables en los servicios de autobuses.

También deberá desarrollar programas de capacitación y formación para el personal involucrado en la prestación de servicios de autobuses, coordinar y colaborar con otras instituciones públicas y privadas en la promoción y mejora del transporte público.

Establecerá mecanismos de control y supervisión para garantizar la calidad y seguridad en los servicios que presta y fomentará la participación ciudadana en la planificación y mejora del servicio de los autobuses.

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