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Inobservancia: A la facturación electrónica se aplicará a contribuyentes pasibles de sanciones por incumplimiento

  


La inobservancia a la facturación electrónica que se aplicará al sistema fiscal nacional hará a los contribuyentes pasibles de sanciones por incumplimiento en deberes formales, además, a infracciones tributarias y las consecuencias que generan estas.

Así lo explicó Paolo Suárez, gerente de facturación electrónica de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), quien precisó que la Ley 32-23, que entró en vigencia el pasado 16 de mayo de 2023, viene a instaurar y regular el sistema fiscal de facturación electrónica en el país, por lo que los plazos para su implementación comenzaron a computarse.

“La inobservancia a implementar facturación electrónica en los plazos estipulados en la ley y publicados en los avisos de la DGII pues hará esos contribuyentes pasibles de sanciones por incumplimiento en deberes formales además de pasibles a infracciones tributarias y las consecuencias que generan estas”, expresó.

Suárez fue entrevistado por las conductoras Marleny Hernández y Ana Jiménez, en el programa “DGII 360”, transmitido por la plataforma digital El Nuevo Diario TV.

“Evidentemente la ley y la administración tributaria ha estipulado plazos extendidos a contribuyentes que justifiquen de manera oportuna el no poder cumplir con la implementación a la fecha límite establecida en la ley” acotó.

Ventajas

Suárez señaló que entre las ventajas de la facturación electrónica está la facilitación del cumplimiento, la reducción del costo de cumplimiento y operativos de los contribuyentes, así como la  estandarización de las relaciones entre los negocios.    

“También la ley está para motivar y ayudar un poco a los contribuyentes que opten por adherirse a esta modalidad en una etapa temprana, atendiendo a los plazos máximos de implementación obligatoria que establece la ley, pues se han definido algunos incentivos tipo crédito fiscal, dependiendo del tamaño o la categoría que tenga el contribuyente”, añadió.

Modalidades tradicionales

El gerente explicó que los comprobantes fiscales ordinarios o tradicionales, los que hoy son impresos y se conocen como tipo B, serán restringidos en la medida que avance la masificación de facturación electrónica a aquellas situaciones contingentes que pueden presentar los contribuyentes.

Puntualizó que si por alguna causa de fuerza mayor un contribuyente no pueda emitir comprobantes electrónicos, tendrá acceso a dichos comprobantes ordinarios o tradicionales.

Educación

Suárez destacó que desde que fue lanzado el proyecto de esta nueva ley la administración tributaria ha venido haciendo esfuerzos adicionales y encomiables para educar a la ciudadanía en este sentido.

“En ese sentido ha podido capacitar alrededor de 8 mil contribuyentes en diferentes sesiones organizadas de manera grupal, agregando entre ellos a asociaciones industriales, asociaciones comerciales y contribuyentes de manera individual”, resaltó.

Asimismo, destacó que a la fecha de promulgación de la ley ya 400 contribuyentes se habían integrado a esta nueva modalidad de forma voluntaria y a partir el número ha venido creciendo, así como el del número de ciudadanos que solicitan información para ser emisores electrónicos.

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