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República Dominicana: Leyes migratorias implementadas desde el Gobierno de Balaguer hasta la actualidad


República Dominicana  a lo largo de su historia ha tratado de crear un marco institucional sólido para abordar de manera oficial el tema de la migración irregular mediante la creación de leyes, la promulgación de decretos y la toma de decisiones gubernamentales.

Cabe señalar que la mayor parte de la población migrante haitiana empezó a ingresar al país después de la caída del jefe de Estado haitiano François Duvalier en 1986, por lo que, la década de 1990 comenzó con esta ordenanza que regulaba la migración de jornaleros del vecino país.

El presidente Joaquín Balaguer hizo lo propio con el decreto 417-90

Según un informe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el decreto cedía a la presión de diversas organizaciones internacionales y exigía “regularizar la situación de esa población mediante el otorgamiento de un carnet que especificaba su condición laboral y su lugar de residencia”.

La ordenanza también le daba la responsabilidad al Consejo Estatal del Azúcar (CEA) y a los productores individuales de “asegurar una vida digna a esos trabajadores”.

REPATRIACIONES

En una ordenanza sin precedentes, en 1991, el entonces mandatario reformista también emitió el decreto número 233-91 que dispuso la repatriación de todos los trabajadores extranjeros menores de 16 años y mayores de 60 que laboraban como braceros en la siembra, corte y cultivo de la caña de azúcar en el país.

En el segundo artículo del decreto se hizo constar que la repatriación se realizaría “a expensas del Estado”, mientras que en el tercero se especificaba que la repatriación de estos trabajadores incluía no solo a los pertenecientes al Estado sino también “a los que son propiedad de empresas privadas”.

“A estos trabajadores se les entregarán todas las prestaciones laborales que correspondan de conformidad con la legislación dominicana”, dictaba el decreto.

El PNUD estimó en un documento publicado el año pasado que, a raíz de esta disposición, cerca de 35,000 personas fueron expulsadas del país en ese momento y que, además, la misma fue consecuencia de las denuncias internacionales relacionadas con el trabajo infantil.

CÓDIGO DE TRABAJO

En 1992, el Estado creó el Código de Trabajo bajo la ley 16-92, la cual mantiene vigencia. 

En esa ley, también se abordó el tema de la migración pero desde el punto de vista laboral al reducir de un 30% a un 20% el máximo de trabajadores extranjeros que una empresa puede contratar.

LEY DE MIGRACIÓN

Después de un largo período de discusión, se aprobó la Ley General de Migración en el año 2004. 

Entre muchos otros puntos, este marco regulatorio contempla temas nuevos como la emigración y el retorno de personas de origen dominicano; el tráfico de personas, y el refugio.

La ley estableció también diferencias entre la residencia permanente y la temporal, indicando que las personas “no residentes” son personas en tránsito, categoría que incluye a trabajadores temporales y habitantes de las zonas fronterizas.

CONSTITUCIÓN DE 2010

La Constitución promulgada en 2010 también sentó las bases para normativas posteriores. 

Esta nueva versión de la Carta Magna introdujo una restricción a la adquisición automática de la nacionalidad para aquellas personas nacidas en el territorio nacional de padres extranjeros que al momento del nacimiento residían irregularmente en territorio dominicano.

PLAN DE REGULARIZACIÓN

Una de las medidas más trascendentales en materia de legislación migratoria en la historia fue tomada en el año 2013 a través del decreto número 327, donde el Estado dominicano creó el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros.

De acuerdo con el propio decreto, este plan "establece los términos y condiciones para la regularización migratoria del extranjero que se encuentre radicado en República Dominicana en situación migratoria irregular".

El plan fue aprobado para tener una duración de 18 meses. 

Una vez excedido este periodo de tiempo, si no se acogía a la disposiciónel extranjero quedaría sujeto a deportación.

Unos 288,466 extranjeros de 116 países fueron acogidos, de las cuales un 97.8% provenía de Haití.

Solo el 3% de los solicitantes haitianos pudo cumplir con los requisitos, por lo que se emitieron permisos provisionales que debían renovarse entre 2017 y 2018. 

Entre 2019-2020 se registraron más de 196,000 permisos provisionales de trabajadores temporales vencidos.

LEY DE NATURALIZACIÓN

Esta iniciativa se complementó con la Ley número 169 de Naturalización Especial que establecía un régimen especial de naturalización para dos grupos de personas.

El grupo A estaba conformado por personas a las que, luego de la auditoría de sus actas de nacimiento, se les restituía la nacionalidad dominicana. 

En tanto, el grupo B comprendía a las personas descendientes de progenitores extranjeros que nunca habían sido inscritas en el Registro Civil dominicano.

De acuerdo con el informe “La migración en la República Dominicana: contexto, retos y oportunidades”, del PNUD, los miembros de ese grupo tendrían la oportunidad de regular su condición de migrantes y a los dos años podrían optar por la nacionalidad dominicana por la vía de la naturalización ordinaria.

La ley comenzó a ejecutarse en 2014 a través del Reglamento número 250. 

El proceso, sin embargo, presentó diversos inconvenientes, ya que la mayoría de las personas que buscaban regularizar su situación “no contaban con los documentos exigidos en el proceso, como por ejemplo un documento de identidad valido en el país”.

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