En ese sentido, el órgano informó que queda prohibido durante los 8 días previos a los comicios la publicación y difusión de sondeos y encuestas electorales.
Asimismo, no se podrá a partir de las doce de la noche del jueves 15 de febrero de 2024 estará prohibido, realizar actos de proselitismo, espectáculos públicos, ya sea en local abierto o cerrado, manifestaciones o reuniones públicas de carácter político, incitaciones, propaganda electoral por la prensa radial, televisiva, avisos, carteles, telones y otros medios similares.
La JCE también detalla que el domingo 18 de febrero de 2024 no será laborable en el territorio nacional y, en los casos en los que los trabajos que no puedan ser suspendidos, los empleadores estarán obligados a disponer de lo necesario para que todos los empleados y trabajadores hábiles para votar dispongan del tiempo para hacerlo, sin que sufran ninguna merma en sus salarios y otros derechos que les correspondan.
Desde 24 horas antes de la elección, es decir, desde las 7:00 am del sábado 17 de febrero, no podrán venderse ni distribuirse bebidas alcohólicas, hasta doce horas después de terminada la votación, es decir, hasta las 5:00 am del lunes 19 de febrero de 2024.
Se exceptúan de las disposiciones de este artículo, aquellas instituciones hoteleras que se encuentran ubicadas en las zonas turísticas.
Por último, la JCE recordó que durante los ocho días anteriores al de la votación, queda prohibida la publicación y difusión de sondeos o encuestas electorales.
Social Buttons