La parte querellante había solicitado la imposición de la medida de coerción consistente en una garantía económica ascendente a RD$500.000.00; impedimento de salida del país, sin previa autorización judicial y presentación periódica por ante el Ministerio Público, lo que posteriormente fue rechazado.
El Chaval había aclarado que el tema de ellos estaba divorciado del suyo, alegando que grabaron su tema en el año 2001, pero no hubo forma de demostrar la fecha de un audio.
El abogado Portes, dijo que casos como estos, los jueces deben de inmediato condenar en daños y perjuicios por acciones infundadas e injustas.
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