La sentencia ordena la modificación del orden de las candidaturas, colocando al impugnante Ramón Modesto Antonio Tallaj Ureña en la primera posición, seguido por Henry Joel Abreu Morillo y manteniendo en la segunda posición a Leiby Laury Nuñez Mercado.
Sin embargo este cambio llega luego de que las boletas electorales fueran distribuidas en las 23 Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior, generando un desafío de logística electoral en el Exterior, así mismo un desafío logístico para la Junta Central electoral.
El órgano hizo conocimiento que la ejecución de esta sentencia impacta el 64% del padrón electoral del exterior, es decir a 549,533 electores de un total 863,784 que contiene dicho padrón, repercutiendo en el ámbito geográfico de 7 OCLEE, 201 recintos electorales y 975 colegios Electorales, distribuidos en los Estados Unidos.
No obstante el contexto electoral anterior, el Pleno de la Junta Central Electoral, manifestó que de manera respetuosa de las decisiones de los tribunales de la República y en aras de garantizar la seguridad jurídica, la certeza electoral, el derecho al sufragio de las y los electores de la circunscripción No.1 del exterior y cumpliendo con los estándares de la norma ISO 22301 sobre continuidad de la operación, tiene a bien informar que dispuso la ejecución inmediata de la indicada sentencia y, en ese sentido, ha instruido a las áreas correspondientes para que procedan a adoptar las acciones y medidas necesarias para su ejecución.
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