El presidente del CDP Aurelio Henríquez y su homólogo del IPPP Olivo De León emitieron un documento que recoge detalles de una rueda de prensa, en el que califican de «insólitas» las publicaciones relativas a supuestas acciones de desalojo contra el local del colegio «y otras desinformaciones» agenciadas por Malvin Joel Soriano.
«Todo se trata de una treta armada por un violador consuetudinario de las leyes del país, para tratar de chantajear a los directivos del CDP, con el objetivo de que le permitan entrar a operar desde las instalaciones del gremio para continuar cometiendo sus fechorías«, expresaron.
Recordaron que Soriano Robles fue condenado a seis años de prisión por estafa y falsificación de documentos; que en 2016 fue apresado como cabeza de una banda que se dedicaba a vender visas falsas a Estados Unidos y países de Europa y despojado de 71 pasaportes con visas falsas; que, en noviembre de 2023 fue encarcelado por estafar a cientos de personas, de las cuales 117 se querellaron en su contra por estafa, extorsión y chantaje.
Sostuvieron que al salir de la cárcel se ha dedicado a chantajear en procura de entrar al CDP.
Indicaron que el CDP le rentó el tercer nivel del local del CDP a Soriano Robles a principios del año 2013 para que operara una escuela de turismo, pero que los directivos del gremio se vieron precisados a rescindir el contrato, debido a su incumplimiento, a la falta de pago del alquiler, consumo de energía eléctrica, consumo de agua, uso de los espacios del edificio, el subarrendamiento de áreas y el uso del CDP para actividades políticas.
Henríquez y De León afirmaron que Soriano Robles acumuló una deuda de más de un 1,600,000 pesos, además de hacer modificaciones en la estructura del edificio sin autorización.
Narraron que, a partir de ese momento, Soriano Robles sometió al CDP y a sus autoridades en ocho tribunales diferentes, perdiendo en siete de ellos y logrando un fallo favorable a su reintegración a la tercera planta de CDP, en el Juzgado de Paz del Distrito Nacional, cuya sentencia, en su artículo 6 establece que tiene que depositar 700,000 pesos en el tribunal, lo cual nunca hizo.
Como éste se negaba a pagar, nunca se ejecutó esa sentencia, pasaron más de 10 años y el CDP nunca fue notificado de la misma, quedando esa situación en un limbo jurídico.
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